Tras conocerse las nuevas habilitaciones que informó el Gobernador Rodolfo Suarez, se publicaron los protocolos de que se deben llevar a cabo.
Ya está en el Boletín Oficial la norma que establece las medidas que rigen en la provincia en esta nueva etapa de DISPO.
Se restringe la circulación de personas en el ámbito territorial de Mendoza, entre la 01 y las 05.30 de cada día. Deja de regir la limitación por la terminación del DNI.

La Secretaría de Servicios Públicos y Transportes, deberá ajustar las frecuencias del transporte público de pasajeros de acuerdo con las condiciones estipuladas en el presente decreto.
En el Boletín Oficial fueron publicado cinco resoluciones con las recomendaciones y exigencias para las distintas actividades que podrán funcionar:
– Protocolo de emergencia sanitaria anticontagio covid-19 Hipódromo de Mendoza
– Protocolo general para actividades en espacios culturales públicos y/o privados
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